Convocatoria de 2021 del Programa de ayudas a municipios para la implantación de zonas de bajas emisiones y transformación sostenible del transporte

Milagros Tirado,

Convocatoria de 2021 del Programa de ayudas a municipios para la implantación de zonas de bajas emisiones y transformación sostenible del transporte



Convocatoria de 2021 del Programa de ayudas a municipios para la implantación de zonas de bajas emisiones y transformación sostenible del transporte


Las subvenciones recogidas en la convocatoria de 2021 del Programa de ayudas a municipios para la implantación de zonas de bajas emisiones y la transformación digital y sostenible del transporte urbano contribuirán a la mejora de la calidad del aire en nuestras ciudades, acelerando la implantación de las zonas de bajas emisiones, así como a la articulación de un sistema fiable, atractivo, accesible y asequible de transporte público urbano con flotas más modernas, eficientes y de nulas emisiones. A su vez, están encaminadas a fomentar una distribución urbana de mercancías sostenible y a promover la introducción de un concepto de movilidad inteligente adaptada a los nuevos hábitos, con el impulso de la digitalización para planificación, gestión y evaluación.


El objetivo del programa es acelerar la mejora de la calidad del aire y contribuir a la descarbonización del transporte urbano, haciendo más atractivo el uso del transporte colectivo y de la movilidad activa (bicicleta, ir a pie), de manera que el uso del vehículo privado de motor sea más limitado en el centro de las ciudades. Estas ayudas contribuirán al objetivo establecido en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima de reducir un 35% el tráfico privado para ayudar a mitigar las emisiones contaminantes y de gases de efecto invernadero, reducir los niveles de ruido, mejorar la calidad de vida de las ciudades y facilitar el desarrollo de la movilidad activa en los entornos urbanos.


Las líneas de ayudas se dirigen a municipios de más de 50.000 habitantes y capitales de provincia, que son los competentes para prestar servicios de transporte público y a los que la Ley de Cambio Climático y Transición Energética obliga a implementar zonas de bajas emisiones (ZBE) antes de 2023. Las iniciativas recogidas en las líneas de fomento del cambio modal, transformación de flota y digitalización del transporte se dirigen también a los municipios con más de 20.000 habitantes que cumplan determinados criterios, como disponer de servicios de transporte colectivo público.


La cuantía de las ayudas a conceder en el marco de la presente convocatoria será de 1.000 millones de euros. La subvención mínima a solicitar por un municipio es de 200.000 euros por cada una de las actuaciones incluidas en una solicitud, mientras que el máximo se fija en función de los habitantes del municipio. En el caso de que la propuesta sea presentada por una agrupación de municipios o entes supramunicipales, el límite máximo se establece en 40 millones de euros. Las ayudas se pueden solicitar a través de la Sede Electrónica de Mitma a la que accederá pinchando aquí.



El periodo de ejecución de las actuaciones subvencionadas en la convocatoria de 2021 estará comprendido entre 1 de febrero de 2020 y el 31 de diciembre de 2024. Así, las actuaciones a financiar deben ser lo suficientemente maduras y solventes técnica y financieramente como para que puedan estar efectivamente implantadas y en funcionamiento antes del 31 de diciembre de 2024. El objetivo es lograr un efecto transformador en las ciudades y en la economía en su conjunto con la mayor prontitud posible.


Por ello, el criterio de madurez tendrá especial relevancia en la valoración de los proyectos, con un peso del 40% de la nota total. Se valorarán especialmente las actuaciones que ya hayan sido licitadas (con posterioridad a febrero de 2020), los proyectos de licitación inmediata (que cuenten con estudios e informes previos, pliegos aprobados, etc.), los que, aunque no hayan comenzado su licitación, sean de tramitación sencilla y, en todo caso, las actuaciones para las que no se prevea dificultad alguna para adjudicarse antes de noviembre de 2022 y culminarse antes del 31 de diciembre de 2024, con el fin de garantizar el cumplimiento de los hitos de este componente de ayudas.


El incumplimiento de los hitos recogidos en la convocatoria, especialmente en lo referente a licitación, adjudicación y ejecución, podrá conllevar la pérdida total de la subvención y la obligación de reintegro de las cuantías ya percibidas. Esta medida está encaminada a garantizar la realización de los objetivos fijados por la Comisión Europea para el Plan de Recuperación.

Las ayudas establecidas de esta primera convocatoria se estructuran en cuatro líneas:

  1. Actuaciones de implantación de Zonas de Bajas Emisiones que recojan el conjunto de inversiones que requiere su puesta en funcionamiento. Esta línea incluye inversiones en controles semafóricos o reconocimiento de matrículas de residentes, entre otras iniciativas.
  2. Medidas destinadas a fomentar el cambio modal en entornos urbanos y metropolitanos hacia modos de transporte más sostenibles, priorizando el transporte público colectivo y la movilidad activa. Recoge proyectos que faciliten la movilidad activa, como la habilitación de aparcamientos disuasorios, la peatonalización de las calles o la creación de infraestructura ciclista; que prioricen la circulación de los modos de transporte colectivo y que fomenten sistemas de transporte a demanda, la intermodalidad con vehículos cero o bajas emisiones (carsharing, motosharing, patinetes, bicicletas), la mejora de la eficiencia en la distribución urbana de mercancías (última milla) o en la habilitación de aparcamientos disuasorios entre otros.
  3. Actuaciones de transformación de flotas del transporte público con el fin de contribuir a la consecución de los objetivos de la Directiva de Vehículos Limpios, mediante la compra de autobuses eléctricos o impulsados por hidrógeno y la instalación de puntos de recarga elecéctrica.
  4. Actuaciones de digitalización que redunden en una mejora de la experiencia del usuario o de la accesibilidad en el uso del transporte público colectivo, o bien que contribuyan a la mayor eficacia en la gestión del tráfico y del transporte y gestión de la demanda, así como en el análisis de información


Los municipios de más de 50.000 habitantes y las capitales de provincia podrán solicitar ayudas para actuaciones incluidas en las cuatro líneas. Las actuaciones incluidas en las líneas b), c) y d) se extiende a los municipios con más de 20.000 habitantes que cumplan determinados criterios, como disponer de un servicio de transporte público colectivo urbano interior.


Todos los municipios que quieran participar en la convocatoria deberán disponer de un Plan de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS) en el momento de presentar su solicitud.


Las actuaciones recogidas en las líneas podrán ser financiadas con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en hasta un máximo del 90% de los costes subvencionables, excepto la adquisición de autobuses urbanos y vehículos de limpieza, que se financia un precio unitario según categoría (ver bases).

Las solicitudes que presenten los Ayuntamientos serán evaluadas en función de su impacto, calidad, madurez y relevancia. Se valorará la contribución a la mejora de la accesibilidad universal y perspectiva de género de las actuaciones, y se fomentará la colaboración entre los distintos Ayuntamientos en aquellas actuaciones que generen sinergias.

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o, en su caso, el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) o el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación (IPSI) no se consideran costes elegibles.  

Compatibilidad de las ayudas.

  1. Las ayudas con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) no serán compatibles con subvenciones procedentes de otros programas o fondos europeos (FEDER, CFE, Innovations Funds…) que pudieran concederse para la misma finalidad.
  2. Las subvenciones reguladas por las presentes bases no serán compatibles con cualesquiera otras subvenciones procedentes de otras líneas de ayuda del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, pero sí podrán obtener financiación en cualquiera otra convocatoria de un ejercicio posterior.
  3. Las subvenciones sí son compatibles y acumulables con otras ayudas que cualquier Administración o entes públicos o privados nacionales pudieran conceder para la misma finalidad, siempre que no se destinen a cubrir los mismos costes.
  4. En ningún caso la suma de las subvenciones compatibles podrá superar el 100% de los costes subvencionables.
  5. Las actuaciones subvencionadas podrán obtener financiación de hasta 100% del coste total del proyecto, no sólo el subvencionable, a través de la línea y programa de financiación que pueda acordarse entre Mitma y el Instituto de Crédito Oficial (ICO), en los términos y condiciones que se establezcan en el convenio que se firme entre ellos.

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